RECURSO DE CASACIÓN. Requisitos de Admisibilidad. ERRORES IN IUDICANDO. Violación de Ley por errónea interpretación, indebida aplicación o falta de aplicación de una norma jurídica.
Cuando se alega error por falta o indebida aplicación
de una norma jurídica de naturaleza sustantiva, no basta con señalar que se
incurrió en dicho vicio. Por el contrario, para una cabal fundamentación de tal
alegato, se requiere es el establecimiento preciso de los hechos que resultaron
probados en el debate oral y público, ya que la función de la Sala no es
establecer hechos, sino determinar la perfecta correspondencia entre esos
hechos y las disposiciones sustantivas aplicadas o dejadas de aplicar.
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